Un siglo
antes de que tuvieran lugar las revoluciones americana y francesa ya se establecieron en
Inglaterra las bases del pensamiento liberal que serviría de inspiración para
sustituir las formas absolutas de gobierno características del Medievo por
democracias que respeten los derechos de los ciudadanos. El precursor de esta
idea y padre del liberalismo político es sin duda alguna el pensador inglés
John Locke, quien establece las bases que sirven para determinar si un Estado
es o no legítimo de acuerdo con los postulados básicos del liberalismo.
Estado de
naturaleza y ley moral natural
El
pensamiento filosófico-jurídico de Locke refleja un iusnaturalismo pleno. Según
afirma, en ausencia de una autoridad común el estado de naturaleza se
caracteriza por la libertad e igualdad de todos los hombres, y éstos mantendrán
dicho estado hasta que se conviertan en miembros de una sociedad política.
Dicho estado de naturaleza es para Locke un estado pacífico, de ausencia de
coacción de unos hombres sobre otros, a diferencia de la concepción de Hobbes
del estado de naturaleza como estado de guerra. Mientras que para Hobbes el
estado natural del ser humano es combatir entre sí para sobrevivir o para
obtener el máximo poder, para Locke el estado de guerra constituye una
violación, una degeneración del estado de naturaleza mediante la imposición de
la fuerza en ausencia de todo derecho, una desvalorización de lo que el estado
de naturaleza debe ser.
Locke, para
fundamentar su concepción de estado de naturaleza, afirma la existencia de una
ley moral que lo regula y que puede ser descubierta por la razón, una ley
universalmente obligatoria, promulgada por la razón humana como reflejo de Dios que se impone a los hombres en ausencia de todo Estado y
legislación. Tal ley moral natural proclama la existencia de unos derechos
naturales y sus deberes correspondientes, entre los que destacan el derecho a
la vida, a la libertad, y a la propiedad privada. Por tanto vemos con claridad
su defensa del iusnaturalismo al afirmar la existencia de unos derechos con
anterioridad a cualquier Estado o legislación, surgidos de la propia naturaleza
del ser humano como reflejo de Dios, cuyo respeto (el cumplimiento de los
deberes inherentes a esos derechos) es obligatorio.
El derecho
natural de propiedad privada
Locke
justifica el derecho natural de propiedad privada en base al derecho que tiene
todo hombre a su propia vida. Afirma que el ser humano en su estado de
naturaleza es libre para trabajar y poseer los frutos de dicho trabajo sin que
ninguna otra persona o ente (el Estado) tenga derecho a arrebatárselo, pues de
hacerlo atentaría contra su propia vida y libertad violando el estado de
naturaleza.
También
reconoce Locke el derecho a la herencia, pues todo hombre, una vez que ha conseguido
con su trabajo la propiedad de unos bienes, el propio contenido del derecho de
propiedad le facultad a disponer de ellos como considere oportuno; e incluso
cuando no transmitiese directamente esa propiedad a sus descendientes, Locke
afirma que éstos seguirían teniendo el derecho a heredar la propiedad de su
ascendiente fallecido basándose en que la familia es una sociedad natural y que
por tanto que los bienes del padre pasen al hijo tras su fallecimiento es lo
más acorde con el estado de naturaleza.
El pacto
como origen de la sociedad política
El hecho de
que los hombres posean una ley natural de obligado cumplimiento no asegura en
modo alguno el que todos ellos la respeten, que la ley natural exista y sea
válida por desgracia no impide que haya quienes no respeten los deberes
inherentes a dicha ley y violen los derechos de los demás. Debido a esta
circunstancia, dice Locke que es de interés del ser humano el constituir una
sociedad organizada para la efectiva salvaguarda de los derechos de todos
mediante un acuerdo o pacto establecido entre ellos.
Obviamente,
como sucede en todo pacto, la constitución de dicha sociedad conlleva una serie
de obligaciones, pero los beneficios que aporta son mayores al coste que supone
(al igual que una contrato suele conllevar obligaciones para ambas partes, pero
éstas lo firman porque consideran que el beneficio que reciben es superior al
coste de la obligación asumida). Locke resume dichos beneficios en los
siguientes términos: los hombres disponen de una ley escrita que define la ley
natural evitando controversias sobre ella, se establece un sistema judicial que
goza del reconocimiento general y evita arbitrariedades, se crea un poder capaz
de castigar crímenes y de obligar a ejecutar las sentencias, y se conserva la
propiedad privada.
La sociedad
civil y el gobierno establecido se basan por tanto en el consentimiento. Según
Locke el consentimiento es lo único que puede justificar las restricciones que
la sociedad civil impone al estado de naturaleza: nadie puede ser sacado del
estado de naturaleza y ser sometido al poder político sin haber dado
previamente su consentimiento de manera libre. Por tanto, Locke no solo admite
la existencia legítima del Estado sino que le reconoce una función esencial en
la sociedad, pero únicamente cuando dicha existencia se basa en el
consentimiento, única fuente de legitimidad. Del mismo modo, cualquier Estado
que incumpla este principio básico e imponga su poder a través de la coacción
en lugar de fundamentarse en el libre consentimiento de las personas que
integran dicho Estado no será un Estado legítimo.
Conclusión
Locke reconoce la existencia de unos derechos naturales que todo hombre posee, junto con los deberes inherentes a ellos, en virtud del estado de naturaleza en el que se halla caracterizado por su libertad: derecho a la vida, a la libertad y a la propiedad privada.
Para salvaguardar tales derechos los hombres voluntariamente establecen un pacto por el cual constituyen un Estado cuyas funciones tienen como única finalidad la protección de los derechos naturales. El consentimiento a dicho pacto es la base de la legitimidad del Estado, sin consentimiento no hay legitimidad.